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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL CONTRATO DE CORRETAJE

CONTRATO DE CORRETAJE:

1.- el contrato de corretaje puede ser verbal o escrito.-
Así es, pero el corredor profesional debería asegurarse con un contrato escrito.

2.- ¿Cómo se podría asegurar mejor el contrato escrito?
Puede hacerse un reconocimiento de firma y rubrica o autenticación de las firmas ante un notario, mejor aun, elevar el contrato a escritura pública.

3.- ¿Cuáles son las cláusulas principales del contrato de corretaje de bienes raíces?
Debe contener nombres de los otorgantes, el objeto del contrato, esto es el contrato de mandato o encargo, tiene que tener un plazo de vigencia y una cláusula donde conste la aceptación de las partes, y la comisión estipulada.

4.- ¿Cuáles podrían ser las cláusulas accesorias del contrato de corretaje?
Se puede convenir exclusividad a favor del corredor; la jurisdicción a la que se someten las partes; el tramite para el caso de juicio; una prorrogación automática del plazo; la reserva del propietario para poder venderlo por sí mismo al inmueble.

5.- ¿Hasta cuanto se puede estipular o cual es el monto en un contrato de corretaje?
De acuerdo a la Ley de Corredores de Bienes Raíces, para inmuebles rurales el 6% y en inmuebles rústicos el 8%.

6.- ¿Qué es lo primero que tiene que constatar el corredor en el momento de asumir el compromiso de corretaje?
En primer lugar, reconocer físicamente el inmueble, determinar su área, linderos y medidas y ubicación, establecer el valor comercial mediante un avalúo, solicitar titulo de dominio (copia); solicitar certificado actualizado del registro de la propiedad con historia de dominio y gravámenes; certificado del avalúo catastral, copias de las cedulas de votación de los vendedores, certificado municipal de uso de suelo.